Nación – Incorporación de los certificados de importación y exportación emitidos por RENPRE al VUCEA – Resolución Conjunta 2/2024

Estos certificados deberán presentarse al momento de oficializar las solicitudes de destinaciones de importación o exportación.

Nación

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Ministerio de Seguridad

Resolución Conjunta 2/2024 (B.O.: 27/9/24)
Inclusión de los certificados de importación y exportación del RENPRE en el VUCEA

Se incorporan al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) los certificados de importación y exportación de precursores químicos emitidos por el Registro Nacional de Precursores Químicos (RENPRE).

Ambos organismos se han comprometido a optimizar el servicio para los ciudadanos, por lo que están trabajando en la digitalización de trámites, la promoción de la transparencia en el sistema, la agilización del comercio y la simplificación de los procesos.

Anteriormente, los importadores o exportadores inscriptos en el RENPRE que realizaban operaciones de comercio exterior con precursores químicos debían solicitar una autorización previa de importación o exportación. A partir de esta resolución, los operadores que requieran importar o exportar precursores químicos deberán presentar los certificados emitidos por el RENPRE de manera electrónica ante el VUCEA.

Estos certificados deberán presentarse al momento de oficializar las solicitudes de destinaciones de importación o exportación, ya sean definitivas o temporarias. Además, deberán seguir las directrices contenidas en el “Manual de Usuario Externo” de la AFIP.

Para la importación o exportación, ya sea definitiva o temporaria, de las sustancias químicas de la Lista II del Anexo II del Decreto N° 593/19 y su modificatorio, así como de los productos que contengan en su composición dichas sustancias, se deberán cumplir las pautas procedimentales detalladas en el Anexo II de la precipitada Resolución conjunta.

No obstante, los certificados de importación y exportación de precursores químicos emitidos por el RENPRE antes de la vigencia de la presente resolución, que aún se encuentren vigentes al momento de su declaración en el Sistema Informático MALVINA (SIM), quedarán excluidos de este procedimiento.

Finalmente, la resolución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, y sus disposiciones comenzarán a tener efecto a partir de los 10 días hábiles posteriores a dicha entrada en vigor, es decir, que sus disposiciones comenzarán a tener efecto a partir del 14/10/2024.

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