El Decreto reglamenta los artículos 101 a 158 y el artículo 163, introduciendo modificaciones a la Ley de Hidrocarburos.
Nación
Poder Ejecutivo
Decreto N° 1057/2024 (B.O.: 29/11/2024)
Se aprobaron los Capítulos I, II y VI del Título VI de Energía de la Ley N° 27.742.
Se reglamentan los capítulos energéticos de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (Ley 27.742). A través del Decreto, se flexibilizan diversas etapas de la actividad hidrocarburífera, incluyendo la exploración y explotación hasta la exportación, el transporte de gas natural y la incorporación de medidas ambientales.
Por medio de los artículos 101 a 152 se introdujeron modificaciones a la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos. Las modificaciones tienen como finalidad flexibilizar etapas de la actividad hidrocarburífera para permitir un mayor desarrollo de la exploración, la explotación y la exportación de petróleo y gas, y mejorar la competencia y la transparencia.
Asimismo, mediante los artículos 153 a 158, se introdujeron modificaciones a la Ley N° 24.076 por la cual se regula el transporte y distribución de gas natural. La reforma busca flexibilizar las importaciones y exportaciones de gas y promover nuevas actividades, tales como la producción de Gas Natural Licuado (GNL) y el almacenamiento subterráneo de gas natural en yacimientos.
Finalmente, por medio del artículo 163 se facultó al Poder Ejecutivo Nacional a elaborar una legislación ambiental armonizada en materia hidrocarburífera.
La legislación ambiental armonizada tendrá como objetivo prioritario aplicar las mejores prácticas internacionales de gestión ambiental a las tareas de exploración, explotación y/o transporte de hidrocarburos a fin de lograr el desarrollo de la actividad con un adecuado cuidado del ambiente.
Esta legislación también establecerá procedimientos para coordinar el trabajo conjunto con las Provincias y con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El marco normativo deberá regular los procesos de otorgamiento de licencia ambiental; el abandono de pozos e instalaciones; los pasivos ambientales; la gestión de residuos, emisiones y/o efluentes; las condiciones de seguridad y control de integridad de pozos; la emisión de gases de efecto invernadero asociada a la actividad (Descarbonización); las garantías y/o seguros u otros instrumentos económicos como respuesta ante contingencias o situaciones ambientales; los procesos de participación pública y acceso a la información pública; la responsabilidad social ambiental; e inspecciones y sanciones.
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