Modificación del régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios – Resolución N° 155/2023

Se implementará hasta la puesta en marcha del Sistema Único de Trazabilidad de la Ley N° 27.279.

Nación

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Resolución N° 155/23 (B.O.: 27/4/23)
Se incorporan los envases de Tipo A al régimen transitorio de trazabilidad de envases vacíos de fitosanitarios.

Se incorporan los envases vacíos de fitosanitarios Tipo A al régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios aprobado por Resolución Nº 439/2022.

El régimen transitorio estará vigente hasta la puesta en marcha del Sistema Único de Trazabilidad del artículo 24 de la Ley N° 27.279 “Ley de Presupuestos Mínimos de envases vacíos de fitosanitarios”.

Se deroga la fecha límite para la implementación del Sistema Único de Trazabilidad previamente establecido en Resolución Nº 439/2022.

Los envases vacíos de fitosanitarios Tipo A son aquellos que, siendo susceptibles de ser sometidos al procedimiento de triple lavado o lavado a presión, se les haya realizado el mismo y fueron entregados en los Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT) autorizados.

La presente norma prevé los requisitos para el transporte de envases Tipo A, es decir, que deberán cumplir con lo previstos en la Ley de Tránsito (Ley N° 24.449) y contar con la carta de porte en la cual se identifique la cantidad de envases transportados (Ley Nº 24.653).

Asimismo, los envases Tipo B deberán ser tratados por operadores habilitados independientemente de la provincia donde se ubiquen los CAT.

Los titulares de los CAT deberán informar mensualmente al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) todos los movimientos hacia los operadores de envases vacíos de fitosanitarios Tipo A y Tipo B respectivamente.

Dicha información deberá contener como mínimo:

  • Identificación del CAT (nombre/razón social, CUIT, domicilio, habilitación, responsable técnico).
  • Cantidad de envases de cada tipo que se gestiona en el mes correspondiente.
  • Identificación del Operador (nombre/razón social, CUIT, domicilio, habilitación, responsable técnico).
  • Tipo de operación a la que será sometido el envase.
  • Identificación del destino posterior y su información asociada.

Esta comunicación podrá ser entregada mediante un correo electrónico dirigido a controlymonitoreo@ambiente.gob.ar

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