Creación del Programa Nacional Biodesarrollo Argentino – Resolución N° 63/2022

Su objetivo es el desarrollo, la innovación, la adopción y la producción de biotecnología, bioinsumos, biomateriales y bioenergía, con una visión de economía circular.

Nación

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Resolución N° 63/22 (B.O.: 6/10/22)
Se crea el Programa BIODESARROLLAR

Se crea el Programa Nacional Biodesarrollo Argentino, denominado BIODESARROLLAR, en el ámbito de la Subsecretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía.

BIODESARROLLAR tiene por objetivo promover e impulsar el desarrollo, la innovación, la adopción y la producción de los bioproductos de la bioeconomía que comprenden las áreas de biotecnología, bioinsumos, biomateriales y bioenergía, con una visión de economía circular.

El Programa establece acciones a desarrollar a fin de arribar al objetivo entre las que podemos mencionar:

  • Acompañar en la gestión de las actividades de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) y otros productos agrobiotecnológicos y bioproductos.
  • Vincular a los biodesarrolladores con entidades públicas, privadas y mixtas.
  • Generar procesos asociativos público – privados para el desarrollo de inversiones.
  • Brindar instrumentos de financiación para proyectos.
  • Ofrecer asistencia técnica y difusión de las acciones realizadas.

Son beneficiarios del Programa las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyME), las cooperativas y entidades de investigación pública y de articulación mixta.

Las MIPyMEs deberán inscribirse en el Registro de Beneficiarias del BIODESARROLLAR de la Dirección Nacional de Bioeconomía, creado por la presente norma.

Los solicitantes deberán cumplimentar con lo dispuesto en el Manual Operativo, que contendrá los requerimientos técnicos, formularios de presentación y demás condiciones a cumplir, las condiciones de ejecución y los procedimientos para la evaluación de los resultados de la implementación del BIODESARROLLAR.

El Manual Operativo será publicado en el plazo de 30 días contados desde la publicación de la norma.

Asimismo, la existencia de deuda impositiva y/o previsional, no regularizada, al momento de la solicitud de inscripción impedirá la inscripción en el correspondiente Registro.

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