Aprobación del régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios Tipo B – Resolución N° 439/2022

El Régimen será implementado hasta la puesta en marcha del Sistema Único de Trazabilidad de la Ley N° 27.279.

Nación

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Resolución N° 439/22 (B.O.: 17/10/22)
Se aprueba el régimen transitorio de trazabilidad de envases fitosanitarios

Se aprueba el régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios Tipo B el cual estará vigente hasta la puesta en marcha del Sistema Único de Trazabilidad de la Ley N° 27.279 “Ley de Presupuestos Mínimos de envases vacíos de fitosanitarios”. Estableciéndose como fecha límite para ello el 30 de septiembre de 2023.

Son envases vacíos de fitosanitarios Tipo B aquellos que no pueden ser sometidos al procedimiento de triple lavado, ya sea por sus características físicas o por contener sustancias no miscibles o no dispersables en agua y que han sido entregados en los Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT).

Los transportistas de estos envases deberán cumplir con los requisitos para el transporte de mercancías peligrosas previstos en la Ley de Tránsito (Ley N° 24.449), como asi también deberán contar con la carta de porte en la cual se identifique la cantidad de envases transportados (Ley Nº 24.653).

Asimismo, los operadores deberán exigir la presentación de la carta de porte como único documento válido para acreditar el transporte y deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley N° 27.279.

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