Córdoba – Reglamentación del Registro de Verificadores de Huellas Ambientales, Entidades de Validación y Certificados de Atributos Ambientales – Resolución N° 178/2026

Reglamenta la Ley N° 10.942 que tiene por objeto establecer un marco normativo para el desarrollo de mercados de instrumentos que certifiquen atributos ambientales

Córdoba

Secretaría General del Ambiente, Economía Circular y Biociudadanía

Resolución N° 178/2026. (B.O.: 9/06/26)
Los Verificadores de Huella Ambiental deberán inscribirse en el registro correspondiente, acreditando formación profesional afín y experiencia en cálculos o verificaciones de huella en los últimos cinco años.

 

La presente Resolución establece la reglamentación del Registro de Verificadores de Huellas Ambientales, Entidades de Validación y Certificados de Atributos Ambientales.

Asimismo,  establece los requisitos que deberán cumplir quienes soliciten ser inscriptos en los Registros correspondientes y reglamenta la emisión de Certificados de Atributos Ambientales, en el marco de la Ley N° 10.942 sobre Registro de Verificadores en Huellas Ambientales, Entidades de Validación y Registro de Certificados de Atributos Ambientales, y del Gabinete Provincial de Cambio Climático creado por Decreto N° 295/2024.

A los fines de la interpretación y aplicación de la Ley N° 10.942, se establecen las siguientes definiciones:

Atributos Ambientales. Características, propiedades o beneficios ambientales inherentes a una actividad o proyecto, que contribuyen a la protección, conservación y/o restauración del ambiente y los ecosistemas. Estos atributos incluyen, pero no se limitan, a la reducción o captura de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), el uso de fuentes de energía renovable, la eficiencia energética, la protección de la biodiversidad, la conservación y restauración de bosques y otros ecosistemas, la mejora en el uso y gestión del agua, y cualquier otro elemento o acción que promueva la sostenibilidad ambiental.

Huellas Ambientales. Indicadores que miden los impactos ambientales directos y/o indirectos asociados a una persona humana, persona jurídica, producto, servicio o actividad. Incluyen, entre otros, la huella de carbono, la huella hídrica y la huella ecológica, así como cualquier otro impacto medible conforme a metodologías reconocidas y aprobadas por la Autoridad de Aplicación.

Verificador de Huella Ambiental. Persona humana o jurídica debidamente calificada y registrada por la Autoridad de Aplicación, para calcular y verificar huellas ambientales específicas, tales como huella de carbono, huella hídrica o huella ecológica.

Entidad de Validación. Persona jurídica independiente, calificada y habilitada por la Autoridad de Aplicación, encargada de validar los informes de huella ambiental y/o los proyectos para la certificación de atributos ambientales, así como de verificar los resultados generados con su implementación en base a los estándares, metodologías y marcos legales aplicables según el sector y tipo de proyecto.

Validación de Proyectos. Etapa técnica y administrativa del proceso de certificación de atributos ambientales, en la cual una Entidad de Validación debidamente registrada evalúa un proyecto para determinar si cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Incluye la revisión de los documentos técnicos del proyecto y de la consistencia de las metodologías, parámetros y supuestos técnicos con los criterios y estándares específicos aprobados por la Autoridad de Aplicación para el sector y tipo de proyecto correspondiente.

Verificación de Proyectos. Etapa posterior a la implementación de un proyecto, en la cual una Entidad de Validación registrada evalúa los resultados obtenidos, a fin de garantizar que los atributos ambientales declarados sean consistentes con las metodologías y estándares definidos en la normativa aplicable.

Titular de Proyectos. Persona humana o jurídica responsable de la formulación, ejecución, monitoreo y cumplimiento de un proyecto ambiental registrado conforme a la Ley Provincial N° 10.942 y normativa complementaria.

Registro de Verificadores de Huellas Ambientales. Funciona sobre la base de una plataforma digital, administrada por la Autoridad de Aplicación. Se requiere disponer de usuario de Ciudadano Digital (CIDI) Nivel 2 para la inscripción. Para su incorporación, las personas humanas y el representante técnico que designen las personas jurídicas deben acreditar los siguientes requisitos, sin perjuicio de los adicionales establecidos por la Autoridad de Aplicación:

  • Formación profesional: poseer título universitario o terciario oficial vinculado con ciencias ambientales, ingeniería, gestión energética, recursos naturales u otras disciplinas afines a la materia, y matrícula profesional habilitante en caso de corresponder.
  • Experiencia: acreditar haber realizado cálculos, auditorías o verificaciones de la huella para la cual se registre, en los últimos cinco años.

Registro de Entidades de Validación. Funciona sobre la base de una plataforma digital, administrada por la Autoridad de Aplicación. Se requiere usuario de Ciudadano Digital (CIDI) Nivel 2 para la inscripción. El Registro debe mantenerse actualizado y estar disponible en la página web oficial de la Secretaría. Para su incorporación, los interesados deben acreditar que cuentan con un equipo técnico multidisciplinario que cumplimenta los siguientes requisitos, sin perjuicio de los adicionales establecidos por la Autoridad de Aplicación:

  • Cantidad de miembros: mínimo de 3 personas con experiencia acreditada en la validación y verificación en proyectos o actividades para la cual se registran.
  • Formación profesional: poseer título universitario o terciario oficial vinculado con ciencias ambientales, ingeniería, gestión energética, recursos naturales u otras disciplinas afines, y matrícula profesional habilitante en caso de corresponder.
  • Capacitación técnica específica en metodologías y estándares según el tipo de proyecto y sector.

Cálculo de Huella Ambiental. Las personas, organizaciones y actividades que generen huella ambiental y deseen certificar el cálculo y/o compensar su huella, deben:

  • Estar registrados en la plataforma CIDI Nivel 2.
  • Generar el e-trámite en la plataforma CIDI adjuntando el informe emitido por un Verificador Externo inscripto en el Registro de Verificadores de Huellas Ambientales, a efectos de obtener la constancia respectiva. El procedimiento de verificación debe realizarse conforme los estándares y metodologías aprobados por la Autoridad de Aplicación para el tipo de huella ambiental que se trate.

Certificación de Atributos Ambientales. Los certificados son emitidos en formato digital por la Autoridad de Aplicación, una vez cumplido el procedimiento de certificación establecido, previa intervención del titular de la jurisdicción competente, según el tipo de atributo que se certifique.

Registro de Certificados. Funciona en el ámbito de la Secretaría General de Ambiente, Economía Circular y Biociudadanía, sobre una estructura digital que asegure la trazabilidad de los certificados desde su emisión hasta su retiro de la plataforma virtual. El Registro incluye, como mínimo, la identificación del titular del proyecto y la documentación del proceso de certificación, constituyendo un sistema integral para la gestión de la información de los proyectos y de los certificados emitidos. Puede organizarse en secciones específicas de acuerdo con el atributo ambiental certificado.

Prohibiciones para Verificadores y Validadores. Los Verificadores y Validadores no pueden intervenir en los siguientes procesos:

  • Cuando hayan participado en la formulación o elaboración del informe de cálculo de huella ambiental de una organización, actividad o persona, o del proyecto cuya validación o verificación se pretende.
  • Cuando existan conflictos de intereses, sean económicos o no, que interfieran o razonablemente puedan interferir en su imparcialidad e independencia.

En Aristarain & Asociados nos especializamos en brindar un acompañamiento integral a empresas para que cumplan con sus obligaciones legales ambientales de manera efectiva. Con más de 17 años de experiencia, ofrecemos una amplia variedad de servicios, incluyendo auditorías legales ambientales, de seguridad e higiene, inocuidad alimentaria y eficiencia energética, entre otras, elaboración de matriz de requisitos legales y actualización de matrices  legales, así como la tramitación de permisos y habilitaciones. Nuestro objetivo es ayudar a las empresas a mejorar su desempeño ambiental.

Descargá la Norma