El objetivo es la simplificación normativa y de requisitos.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretaría de Ambiente y Agencia de Protección Ambiental
Resolución Conjunta N° 3/23 (B.O.: 27/06/23)
Se deja sin efecto la Resolución N° 347/2015 y el artículo N° 2 de la Resolución N° 473/2015
Se deroga la Resolución N° 347/2015 de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) dejando sin efecto los siguientes Registros:
- Registro de Tanques del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH).
- Registro de Auditores del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH).
- Registro de Auditorías del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH).
La Resolución N° 347-APRA/15 y sus modificatorias, creó el Registro de Tanques del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH) y sus derivados, estableciendo la obligación de inscripción de toda persona física o jurídica que tenga en su establecimiento tanques SASH, al ser residuos peligrosos en los términos de la Ley N° 2.214.
Al encontrarse actualmente la declaración jurada de la presencia de tanques incluida en otros trámites que se realizan ante APRA, a saber: Sitios Contaminados, Certificado de Aptitud Ambiental y la inscripción en el Registro de Generadores de Contaminantes Atmosféricos Provenientes de Fuentes Fijas; se ha tornado obsoleta la utilización de los Registro en cuestión.
Asimismo, la presente Resolución deroga el artículo N° 2 de la Resolución N° 473/2015 que establecía a la Dirección General de Evaluación Ambiental como Autoridad de Aplicación de dichos Registros.
Estas acciones son llevadas a cabo por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del procedimiento de eliminación y simplificación de normas y requisitos en diversos regímenes a los fines de evitar la realización de trámites y registraciones que generan dilaciones y costos, tanto para el ciudadano como para la propia administración.