El fin es lograr una transición progresiva del modelo de consumo de energía y de recursos actuales a uno regido por la incorporación creciente de energías limpias y del uso sostenible de los recursos.
Nación
Poder Ejecutivo Nacional
Decreto N° 31/23 (B.O.: 23/01/23)
Políticas públicas nacionales de manejo, gestión sostenible de los recursos, las prácticas de consumo y de habitabilidad utilizados por el Sector Público Nacional
Se declaran prioritarias las políticas públicas nacionales de manejo, gestión sostenible de los recursos, las prácticas de consumo y de habitabilidad utilizados por los organismos del Sector Público Nacional.
El objetivo consiste en la implementación de buenas prácticas sostenibles de consumo y de habitabilidad, considerando los principios de progresividad y de no regresión.
La medida será de cumplimiento obligatorio para el Sector Público Nacional y alcanzan la gestión eficiente de:
- Energía eléctrica;
- Agua;
- Gas natural;
- Residuos;
- Compras públicas;
- Accesibilidad;
- Movilidad sostenible y
- Superficies y espacios verdes.
Para el logro de los objetivos propuestos, la política pública nacional será implementada progresivamente, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
- Otorgar un plazo máximo de 2 años, para el cumplimiento de las primeras adecuaciones que establezca la Autoridad de Aplicación.
- Establecer un plazo máximo de 6 años, para el cumplimiento de la totalidad de las adecuaciones que establezca la Autoridad de Aplicación.
A fin de ir logrando el cumplimientos de estos objetivos e incentivar a la administración pública, la norma establece que los sectores públicos nacionales que cumplan con las primeras adecuaciones en el plazo de 2 años recibirán el distintivo de “Organismo Público comprometido con la sostenibilidad” y a medida que se vayan cumpliendo con los demás objetivos establecidos en la segunda etapa, recibirán el distintivo de “Organismo Público sostenible”.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible será la autoridad de aplicación, pudiendo dictar normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos.
Estas medidas van en lineamientos con las obligaciones asumidas por Argentina a nivel internacional con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, estableciendo este último objetivos para que cada Estado realice esfuerzos en sus políticas públicas para reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a nivel nacional, y que dichos esfuerzos puedan ser medibles y comunicables al resto de los Estados.