Las fórmulas buscan garantizar una distribución justa del recurso hídrico, alineada con los principios de la gestión integrada de recursos hídricos (GIRH).
Córdoba
Administración Provincial de Recursos Hídricos.
Resolución General N°4 (B.O.: 29/01/25)
Las cánones para el uso industrial del agua del año 2025.
Se establecen los siguientes rubros para los que se aplicarán los cánones de agua en 2025:
- Agua para embotellamiento
- Cortadero de ladrillos
- Criadero de aves, cerdos, etc.
- Curtimbres, fábricas lácteas, frigoríficos, alimenticias
- Fábrica de cemento, hormigón y afines
- Industrial no especificado
- Reservas
- Lavado de áridos, minerales
- Lavado de hortalizas, legumbres
- Obras de arquitectura
- Obras hidráulicas y viales
- Refrigeración de máquinas industriales
- Sanitarios y limpieza
- Refrigeración de reactor central Embalse (CAER)
- Derecho cota de espera
Fórmula para calcular el canon correspondiente, se utilizará una fórmula polinómica que incluye varios factores:
CAUI = (km x VGA) + VGA x Vol x ku
- VGA: Valor Gestión del Agua.
- Vol: Cuantía anual en m³.
- km: Coeficiente de canon mínimo por rubro.
- ku: Coeficiente según rubro.
Se establecen los valores de los coeficientes que serán aplicados según cada rubro industrial. Estos coeficientes son esenciales para el cálculo del canon del uso del agua.
Asimismo, se establece un canon por uso de agua para enfriamiento de los reactores nucleares de la Central Embalse (CAER), el cual se aplicará a la cantidad de agua utilizada en el proceso de enfriamiento de los reactores que permiten generar energía eléctrica.
El Canon por Derecho de Cota de Espera se impone por la preservación del volumen anual de agua que debe ser reservado para el proceso de enfriamiento de reactores nucleares. El objetivo es garantizar que haya suficiente agua disponible para asegurar el enfriamiento eficiente de los reactores nucleares durante todo el año.
Fórmula para el cálculo de los Cánones:
CAER = VGA x (365 + Vol x Kpe x Kal x Krel)
Elementos de la fórmula:
- VGA: Valor Gestión del Agua, que es el costo básico del agua.
- Vol: Volumen de agua utilizado o preservado en m³ para el proceso de enfriamiento.
- Kpe: Factor de pérdida, que se refiere a la cantidad de agua que se pierde durante el proceso.
- Kal: Factor de alteración del agua, que ajusta el volumen de agua según las alteraciones que pueda sufrir debido al proceso industrial (enfriamiento).
- Krel: Factor de relación con la generación eléctrica, que toma en cuenta el impacto del proceso de enfriamiento sobre la generación de energía.
Se establecen los coeficientes.
El cobro del canon anual se realizará de forma mensual, con los vencimientos establecidos para el día 20 de cada mes. Si dicha fecha cae en un día feriado o no laborable, el vencimiento se trasladará al siguiente día hábil.
Se establecen sanciones para todo aquel que:
- Extraiga agua sin autorización,
- Extraiga una cantidad mayor a la asignada,
- Presente declaraciones o informes falsos.
Será pasible, por el agua extraída o suministrada en contravención, de las sanciones previstas en el Código de Aguas de la Provincia – Ley N° 5.589.
Si se otorga un permiso de uso para una actividad principal, cualquier uso secundario relacionado con esa actividad se regirá bajo el mismo permiso y será calculado según las características de la actividad principal, salvo que se autoricen usos o fuentes distintas.
Es responsabilidad del usuario informar en tiempo y forma a la Autoridad de Aplicación:
- De todo cambio o modificación que se produzca tanto en la propiedad,
- En la perforación,
- En el destino del agua,
- El deterioro de la perforación,
- La pérdida o aumento de caudal original y/o su calidad físico-química.
Para estimar los litros por segundo, se tomará como base el caudal horario de la perforación.
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